Los trabajadores autónomos con
discapacidad podrán jubilarse anticipadamente,
en las mismas condiciones que los trabajadores
con discapacidad por cuenta ajena incluidos en
el Régimen General de la Seguridad Social.
Así lo dispone el texto del
Proyecto de Ley del Estatuto del Trabajo
Autónomo que acaba de aprobar la Comisión de
Trabajo y Asuntos Sociales del Congreso de los
Diputados, reflejando una enmienda sugerida por
el CERMI y planteada por varios Grupos
Parlamentarios.
Hasta ahora, únicamente los
trabajadores con discapacidad del Régimen
General de la Seguridad Social podían acogerse a
la jubilación anticipada, por lo que con esta
modificación, se amplía este beneficio, en
idénticas condiciones y requisitos, a los
trabajadores autónomos con discapacidad.
Esta demanda del CERMI al
Parlamento fue asumida y planteada por las
organizaciones de autónomos APTA y ATA, que la
incorporaron a su batería de propuestas de
mejora del Proyecto de Ley remitido por el
Gobierno.
26 de abril de 2007.
CERMI